Los trabajadores que forman parte de una empresa tienen derecho a elegir a sus representantes, según el número de empleados que haya en plantilla serán: delegados de personal, comités de empresa o comités intercentros.

Son como un proceso electoral que se hace para cumplir con el derecho de representación con el que cuentan todos los empleados de una empresa y el cual debe ser respetado por parte del empleador.
"Los trabajadores que forman parte de una empresa tienen derecho a elegir a sus representantes, según el número de empleados que haya en plantilla serán: delegados de personal, comités de empresa o comités intercentros."
Por su parte los delegados de personal serán los trabajadores elegidos por el resto en empresas de 5 a 50 empleados. En las empresas que tengan menos de diez sería necesaria la mayoría (la mitad más uno) para que salieran elegidos.Los comités de empresa se forma en las empresas con 50 o más trabajadores y los comités denominados intercentros son para las empresas más grandes y en ellos se elige a trece trabajadores como máximo.
Estas elecciones pueden ser parciales o totales, en función de lo que se vaya a elegir. Las elecciones parciales se celebran cuando existen vacantes entre los representantes o si hay que elegir más representantes debido a que ha aumentado el número de trabajadores.
En cambio las elecciones totales tienen lugar cuando no hay representantes, cuando finaliza el mandato anterior o bien en el caso de que se declare un proceso electoral nulo.
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