Prestaciones por incapacidad

Prestaciones por incapacidad

Si ha sufrido un accidente, desafortunadamente padece alguna enfermedad o le ha ocurrido algo y no se encuentra en sus plenas condiciones físicas y psíquicas para ejercer su profesión, lo que debería hacer es solicitar una incapacidad laboral.

"NUESTRO EQUIPO DE ABOGADOS PUEDE ASESORARLE E INFORMARLE SOBRE TODO LO QUE TIENE QUE HACER PARA PEDIRLA, LO QUE DEBE PRESENTAR Y QUÉ TENDRÍA QUE ARGUMENTAR PARA QUE SE LA CONCEDIERAN."

Estas incapacidades se solicitan cuando un trabajador no puede trabajar, por un tiempo, pero sí tiene derecho a recibir una prestación económica, aunque eso lo valorarán los profesionales que trabajan en la Seguridad Social. Para ello deberá presentar el parte médico, demostrar su estado, el parte de su rehabilitación...

En caso de que dicha prestación sea denegada porque se considere que sí puede trabajar en sus condiciones usted tiene derecho a recurrir, nuestros abogados le ayudarán a demostrar por qué debería recibirla y por qué no puede trabajar.

Si, en cambio, se decide darle esta prestación según su estado de salud y sus condiciones puede ser de varios tipos y de diferentes cantidades, como la incapacidad permanente en los casos más graves o la incapacidad temporal si podrá recuperarse en unas semanas o unos meses.

En cuanto a la incapacidad laboral permanente hay diversos tipos según las características, la parcial suele concederse cuando el trabajador presenta una disminución no inferior al 33%, la total es cuando no es capaz de realizar las tareas básicas de su profesión u oficio, la absoluta es cuando ese empleado no puede realizar ni las de su profesión ni de otras y finalmente la incapacidad laboral permanente de gran invalidez es cuando una persona ni siquiera puede valerse por sí misma.

Recuerde que nos encontramos en Barcelona, llámenos sin compromiso, nuestros servicios son de la máxima calidad.

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